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Procuraduría destituye e inhabilita a alcaldesa de Chiriguaná y a tres Concejales

La decisión de la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación es de segunda instancia

Procuraduría destituye e inhabilita a alcaldesa de Chiriguaná, Cesar. La Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación, profirió el fallo que destituye del cargo de alcaldesa de Chiriguaná a Zunilda Toloza Pérez y la inhabilita para ejercer funciones públicas por un periodo de 13 años, al comprobar que cometió irregularidades en la elección del personero municipal de Chiriguaná, Cesar.

Por el mismo caso, la Procuraduría también suspendió e inhabilitó por trece años a los concejales Walter García Machado, Alexander Barragán Galviz y Miguelina Esther Orta Montecristo.

Nueve concejales más, involucrados en este proceso, fueron absueltos de toda responsabilidad disciplinaria.

Son ellos: José Joaquín Coronel Martínez, Diego Mario García Infante, Iván Antonio Cadena Rivera, Alejandro Malkum Oyaga, Jainer Payares Angulos, Alejandro Elías Malkum Payares, Ernesto Javier López Salazar, Jaime Enrique Cadena Muñoz y Yusvanny Arturo Marcillo Armenta.

La decisión de la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación es de segunda instancia sobre ella no procede recurso alguno.

La queja contra Toloza Pérez y los concejales fue presentada por el actual personero de Chiriguaná, Pedro Miguel Peinado, por las irregularidades cometidas al no elegir correctamente al personero municipal al no dar cumplimiento a la decisión judicial de escoger al primero en la lista de elegibles para personero municipal.

En una decisión de primera instancia, por parte de la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa, del 22 de noviembre de 2017, el fallo favorecía a la mandataria municipal, dicho fallo, ahora, fue revocado.

“El 18 de julio de 2016, Pedro Miguel Peinado, denunció que la alcaldesa ya los concejales de Chiriguaná incumplieron el fallo de tutela emitido por el Juzgado Civil del Circuito de Chiriguaná, el 8 de junio de 2016, mediante el cual ordenó al Concejo Municipal, en cabeza de su Mesa Directiva, para que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación de esa providencia, suspendiera e inaplicara el Acta sin fecha número 005, la Resolución 004 del 10 de enero de 2016 y procediera a retomar la lista de elegibles de aspirantes a ocupar el cargo de personero municipal publicada por la Universidad de Cundinamarca”, dice el fallo en el apartado de Antecedentes Procesales.

Lea aquí el texto completo del  Fallo alcaldesa de Chiriguaná y Concejales

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