Los cheques son órdenes de pago que una persona le da a un banco para pagar fondos de su cuenta. Existen tres tipos de cheques según cómo se llenan: cheques al portador que puede cobrar cualquier persona, cheques a la orden que solo puede cobrar la persona nombrada a menos que sea endosado, y cheques nominativos que solo puede cobrar la persona especificada sin posibilidad de endoso. Además, cualquier cheque puede ser cruzado para que el pago se haga mediante depósito en lugar de en efectivo.
1. ¿Cómo se llenan los Cheques?
De acuerdo a la forma en que se llenan los cheques, se pueden distinguir los
cheques al portador, a la orden y nominativo. Además, todos ellos pueden
ser cruzados para que sean pagados
mediante un depósito en el banco.
Cuando un cliente bancario llena un cheque
y lo entrega para hacer un pago, lo que en
realidad está haciendo es entregar una orden
al Banco, para que éste pague los fondos que
se indican en el documento. El banco, por lo
tanto, debe pagar lo que se indica en el
momento en que el cheque le sea presentado,
sin importar si la fecha es futura (para la ley
no existen los "cheques a fecha"). En cambio,
si la fecha es pasada, rigen ciertos plazos
determinados por la propia ley y las normas
de la Superintendencia, que hacen que un
cheque quede inválido cuando han
transcurrido determinados plazos.
Es muy importante que la persona que haga
el cheque, esté seguro de que al momento en
que se cobre el documento, en la cuenta haya
fondos suficientes para cubrir dicho monto.
De no haber la cantidad de dinero indicada en
el cheque, éste será protestado y el girador
del mismo (es decir el dueño de la cuenta
corriente) tendrá importantes consecuencias.
Los cheques son órdenes de
pago que una persona le da a
un banco.
De acuerdo a la forma en que se llenan los cheques, se pueden distinguir los
cheques al portador, a la orden y nominativo. Además, todos ellos pueden
ser cruzados para que su pago se haga mediante depósito en una cuenta
corriente.
Su forma de llenar y características, se explica y muestra a continuación:
Cheque al Portador: si no se tachan las palabras impresas "al portador", el
cheque puede ser cobrado por cualquier persona que lo presente a cobro.
2. Cheque a la Orden: cuando se tachan las palabras "al portador", el cheque
sólo puede ser cobrado por el beneficiario cuyo nombre aparece escrito a
continuación de las palabras "páguese a la orden de". Sin embargo, el
beneficiario puede entregarlo en pago a otra persona para lo cual debe
endosarlo, es decir, escribir su firma en el dorso del cheque. En este caso,
cualquiera persona puede cobrarlo como si fuera al portador.
Cheque Nominativo: si se tachan las palabras impresas "a la orden de" y "a
portador", se dice que el cheque es nominativo y solo podrá pagarse al
beneficiario indicado en el cheque. No puede ser endosado a otra persona.
Cheque Cruzado: si se desea que el cheque no sea cobrado en dinero en
efectivo en la caja del Banco, sino que la cantidad sea depositada en otra
cuenta corriente, al cheque se le trazan dos líneas paralelas en forma
transversal. Esto se llama cheque cruzado o para depósito. Los cheques al
Portador, a la Orden y Nominativo pueden ser Cruzados.